Congreso del Estado reforma Ley de Salud para que cargos de primer nivel sean ocupados por profesionistas con título y cédula

Morelia, Michoacán, 25 de marzo de 2026. El Pleno de la 76 Legislatura aprobó adicionar el artículo 14 Bis de…
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Morelia, Michoacán, 25 de marzo de 2026. El Pleno de la 76 Legislatura aprobó adicionar el artículo 14 Bis de la Ley de Salud del Estado de Michoacán de Ocampo para especificar que los cargos administrativos de primer nivel dentro del sector salud deberán ser ocupados por profesionistas con título y cédula profesional, con experiencia y capacidad técnica para desempeñarlos, informó el Congreso del Estado.

La reforma, impulsada por el diputado Alejandro Iván Arévalo Vera y aprobada por la Comisión de Salud y Asistencia Social, establece que los cargos de primer nivel —incluyendo direcciones, subdirecciones, coordinaciones y jefaturas de área en hospitales, jurisdicciones sanitarias y unidades administrativas— podrán ser desempeñados por profesionistas con título y cédula en alguna rama de las ciencias de la salud, siempre que cumplan con el perfil, la experiencia, la capacidad técnica y los requisitos legales aplicables.

De acuerdo con la Comisión de Salud y Asistencia Social, la concentración histórica de cargos directivos o administrativos de primer nivel se ha dado en un solo perfil profesional, particularmente el médico, aun cuando la función administrativa y de gestión pública requiere también competencias en planeación, liderazgo organizacional, administración de recursos, operación institucional y coordinación intersectorial.

La comisión precisó que con la adición del artículo se busca ampliar el marco de elegibilidad para cargos administrativos de primer nivel en instituciones del sector salud, sin desplazar a ningún gremio, evitando restricciones de acceso que no deriven de criterios objetivos de capacidad, formación o idoneidad, y preservando la rectoría institucional y la exigencia de idoneidad.

holamorelia

Oscar García

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