Morelia, Michoacán, 21 de noviembre de 2025.— El diputado Toño Carreño Sosa (Movimiento Ciudadano) lamentó que la Ley de Turismo aprobada en sesión reciente contiene graves deficiencias técnicas y jurídicas, por lo que se posicionó en contra de su aprobación.
El legislador explicó que, lejos de fortalecer el sector, la ley lo complica al someterlo a una regulación confusa, contradictoria y posiblemente inconstitucional.
Deficiencias Técnicas y Jurídicas Señaladas
Toño Carreño detalló que la ley presenta problemas en varios puntos, especialmente en la creación de un registro estatal y la regulación de plataformas digitales de hospedaje.
1. Invasión de Competencias Federales
- La ley aprobada pretende crear un Registro Turístico Estatal de carácter obligatorio.
- Carreño Sosa argumentó que esto invade la competencia exclusiva de la Federación, ya que la Ley General de Turismo (artículos 47 y 49) establece que la regulación y coordinación del Registro Nacional de Turismo es facultad de la Secretaría de Turismo Federal.
- Recordó el antecedente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (2013) sobre la invalidez de la inscripción obligatoria en el registro nacional por exceder límites de competencia.
2. Contradicciones con el Código Civil Estatal
- Redefinición de “Actividad Turística”: Al incluir la inversión, desarrollo y comercialización, la ley confunde al turista con el prestador de servicios y distorsiona el sentido de la materia turística.
- Limitación de “Inmueble”: Limitar el concepto de inmueble a un catálogo cerrado para la “estancia turística eventual” contradice el artículo 34 del Código Civil y excluye otras modalidades de alojamiento (como espacios para acampar o vehículos recreativos).
3. Exclusión de Prestadores de Servicios Eventuales
- Se critica la nueva definición de “prestador de servicios turísticos” que lo condiciona a quien realice la actividad “habitualmente“.
- Este término no figura en la Ley General de Turismo y excluiría injustamente a quienes ofrecen servicios de manera eventual o por temporada.
4. Vacío Normativo Real
El diputado insistió en que, si bien es necesaria la certeza jurídica y proteger al consumidor, la ley aprobada no ataca el problema de fondo. El verdadero vacío normativo no está en las plataformas, sino en el contrato de hospedaje.
Por ello, propuso una reforma integral al Código Civil para actualizar la figura del hospedaje, definir obligaciones del anfitrión y el huésped en contratos digitales, y prever los supuestos de responsabilidad civil y contractual.
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