Menores Víctimas de Violencia no Convivirán con sus Agresores o Agresores de su Progenitora

​Morelia, Michoacán, a 19 de noviembre de 2025.— El Pleno de la 76 Legislatura aprobó diversas reformas al Código Familiar…
1 Min Read 0 12

Morelia, Michoacán, a 19 de noviembre de 2025.— El Pleno de la 76 Legislatura aprobó diversas reformas al Código Familiar para el estado de Michoacán con el fin de establecer medidas concretas para evitar que niñas, niños y adolescentes que son víctimas de violencia (directa o indirecta) convivan forzosamente con sus agresores o los agresores de sus progenitoras.

​Esta acción legislativa busca proteger a las mujeres y a las infancias michoacanas, evitando la revictimización de quienes han sufrido violencia y han sido obligadas a la convivencia.

​Puntos Clave de la Reforma al Código Familiar

​La reforma establece disposiciones específicas en casos de divorcio y pérdida de la patria potestad:

  • Guardia y Custodia: Durante el divorcio, no se otorgará la guardia y custodia de los hijos menores de edad a la persona integrante del matrimonio cuando existan elementos que permitan concluir que existe violencia contra cualquier integrante del núcleo familiar.
  • Pruebas de Violencia: Para acreditar cualquier conducta violenta, se podrán admitir todos los medios de prueba lícitos que hagan presumir la existencia de un riesgo que pueda dañar la integridad física o mental de las hijas e hijos.
  • Pérdida de Patria Potestad: Se especificó que la patria potestad se perderá cuando se cometan conductas de violencia familiar o violencia vicaria en contra de quien ejerce la patria potestad o contra quien ejerza la guardia y custodia de los menores.

​holamorelia.

Oscar García

Deja un comentario