Morelia, Michoacán; a 3 de diciembre de 2025. La 76 Legislatura fortaleció el marco jurídico municipal al consolidar al Instituto Municipal de Planeación (IMPLAN) como un instrumento clave de planeación estratégica. La reforma establece que la conformación del IMPLAN podrá darse como organismo descentralizado o como órgano centralizado dentro de la administración municipal.
Flexibilidad Organizativa y Estructura
El dictamen, presentado por la Comisión de Fortalecimiento Municipal y Límites Territoriales y avalado por el Pleno del Poder Legislativo, reforma los artículos 192, 193 y adiciona el 192 Bis de la Ley Orgánica Municipal del Estado, con el fin de dotar a los municipios de mayor flexibilidad organizativa.
Se aprobó que si el IMPLAN es creado como organismo descentralizado, contará con personalidad jurídica y patrimonio propio. En caso de ser un órgano centralizado, dependerá administrativamente del Ayuntamiento, sujetándose a las reglas presupuestarias y de organización interna de este.
Requisitos y Desarrollo Local
Con 34 votos a favor, la reforma fue aprobada, incluyendo la disposición de mejorar las condiciones para quienes encabecen estos institutos. Se estableció el requisito de que la persona titular sea ciudadana o ciudadano Michoacano en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles.
Las y los legisladores manifestaron que estas reformas abonan a reducir las brechas existentes entre municipios y aseguran que la planeación sea una herramienta accesible, equitativa y útil para impulsar el desarrollo local en los diversos contextos municipales.
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