Diputada Tere Herrera propone endurecer medidas contra deudores alimentarios en Michoacán

Morelia, Michoacán, 19 de marzo de 2026. La diputada del Partido Acción Nacional (PAN) , Teresita Herrera Maldonado, presentó una…
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Morelia, Michoacán, 19 de marzo de 2026. La diputada del Partido Acción Nacional (PAN) , Teresita Herrera Maldonado, presentó una iniciativa de reforma al Código Familiar para el Estado de Michoacán para establecer medidas más firmes contra deudores alimentarios, con el objetivo de garantizar los derechos de niñas, niños y adolescentes, informó la legisladora.

Herrera Maldonado enfatizó que entre 2021 y 2025 se registraron en Michoacán más de 10 mil deudores alimentarios, y que tres de cada cuatro hijas e hijos de padres divorciados no reciben pensión alimenticia, cifras que reflejan la urgencia de fortalecer los mecanismos legales para garantizar el cumplimiento de esta obligación.

“Una pensión alimenticia debe garantizar que los hijos e hijas tengan alimentos de calidad, pero también ropa, calzado, atención médica, educación y algo que a veces olvidamos mencionar: momentos de recreación, de alegría, de infancia plena. Este compromiso no puede ni debe terminar cuando una relación de pareja llega a su fin”, aseveró la diputada.

La legisladora panista explicó que la propuesta busca establecer medidas más firmes para evitar que los deudores alimentarios evadan su responsabilidad, y representa un acto de justicia para las niñas, niños y adolescentes, así como para las madres, quienes en muchos casos asumen la mayor carga en su cuidado.

“Esta propuesta de adición al Código Familiar para el Estado de Michoacán busca cerrar la puerta a la evasión de responsabilidades. Porque ser padre o madre no es un título simbólico, es una responsabilidad permanente que no se disuelve con la firma de un papel”, señaló.

Entre las disposiciones contempladas, se establece que se instruirá al Registro Público de la Propiedad para que realice anotaciones en los bienes inmuebles del deudor. Dicha instancia deberá verificar el registro antes de cualquier operación relacionada con la propiedad o posesión de bienes, para informar al juez y evitar la inscripción de actos que pudieran vulnerar el cumplimiento de la obligación alimentaria.

Finalmente, se contempla que el deudor alimentario declarado como moroso podrá solicitar la cancelación de su inscripción, siempre que acredite ante la autoridad correspondiente el pago total de los adeudos.

holamorelia

Oscar García

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