Morelia, Michoacán, a 17 de diciembre de 2025.– El Pleno de la 76 Legislatura del Congreso del Estado aprobó diversas reformas y adiciones a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo con el fin de elevar a rango constitucional el derecho a un medio ambiente sano, saludable y sostenible. Las modificaciones establecen la obligatoriedad del Estado, los municipios y los gobiernos comunales para garantizar la protección de la biodiversidad, la restauración de ecosistemas y el bienestar animal.
Reformas y modificaciones legales
De acuerdo con el decreto aprobado en Sesión Ordinaria, se realizaron los siguientes cambios normativos:
- Artículos reformados: 123 y 139.
- Artículos adicionados: Párrafos al 2° y al 129.
- Alcance: Mandata la prevención, control y remediación de la contaminación del suelo, agua y aire, además de prohibir la crueldad y el maltrato animal.
- Protección animal: Garantiza el trato digno tanto para animales domésticos como silvestres.
Responsabilidades institucionales y tecnológicas
La 76 Legislatura determinó que para la gestión y seguimiento de los daños ambientales se aplicarán las siguientes medidas:
- Herramientas técnicas: Uso de tecnologías de geoprocesamiento y análisis de datos espaciales.
- Obligaciones municipales: Los ayuntamientos y gobiernos comunales deberán incorporar criterios de sustentabilidad en toda obra o proyecto público.
- Justicia ambiental: Facultad del Estado para investigar, sancionar y reparar daños al entorno natural.
Plazos para la adecuación normativa
El decreto establece tiempos específicos para que las autoridades den cumplimiento a las nuevas disposiciones constitucionales:
- Poder Legislativo: Cuenta con un plazo improrrogable de 180 días hábiles para realizar las adecuaciones normativas correspondientes.
- Poder Ejecutivo y Ayuntamientos: Deberán ejecutar las reformas orgánicas y administrativas conducentes en el mismo periodo de 180 días.
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