Morelia, Michoacán, 12 de febrero de 2026.– La 76 Legislatura aprobó con 32 votos una reforma a los artículos 70 y 71 de la Ley de Hacienda de Michoacán para precisar el tratamiento contable de los ingresos derivados de la utilización, aprovechamiento o enajenación de bienes propiedad del Estado, informó el Congreso local.
Las comisiones dictaminadoras de Hacienda y Deuda Pública y de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública señalaron que la modificación reclasifica dichos ingresos del capítulo de aprovechamientos al de productos, en el marco de la armonización contable, de acuerdo con el dictamen.
La legislación define como productos las contraprestaciones por servicios que presta el Estado en funciones de derecho privado, así como por el uso o disposición de bienes del dominio privado estatal, indicó el documento.
Los legisladores señalaron que la reforma busca otorgar “claridad y certeza jurídica al contribuyente” sobre la forma en que el Estado recauda dichos ingresos, bajo los principios de certeza y seguridad jurídica.
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