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Congreso de Michoacán Incrementa Penas por Maltrato y Crueldad Animal; Aprueba Hasta 8 Años de Prisión

Morelia, Michoacán, 26 de noviembre de 2025.— La Septuagésima Sexta Legislatura del Congreso del Estado de Michoacán aprobó reformas que aumentan las sanciones en los delitos de maltrato y crueldad animal, definen el delito de sustracción de animales domésticos y establecen el maltrato animal equiparado.

​Las y los legisladores votaron a favor de modificar diversas disposiciones del Código Penal y de la Ley de Derechos y Protección para los Animales, reconociendo que los derechos de las especies animales no humanas forman parte del derecho a un ambiente sano y equilibrado.

​Sanciones y Delitos Tipificados

​Mediante reformas al Código Penal, se establecieron las siguientes sanciones:

​Definición de Maltrato y Reparación del Daño

​El Pleno estableció una definición amplia de maltrato o crueldad, que incluye:

​La ley obliga a toda persona que ejecute conductas de maltrato o crueldad a la reparación del daño, que, si el animal aún vive, debe incluir atención médica veterinaria, medicamentos, tratamientos o cirugía.

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