Partidos Políticos Deberán Destinar 5% de Financiamiento a Programas para la Comunidad LGBTIQ+

​Morelia, Michoacán, a 26 de noviembre del 2025.— El Pleno de la 76 Legislatura aprobó una adición al Código Electoral…
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Morelia, Michoacán, a 26 de noviembre del 2025.— El Pleno de la 76 Legislatura aprobó una adición al Código Electoral de Michoacán que obliga a los partidos políticos a destinar al menos el 5% del financiamiento público anual ordinario para programas específicos dirigidos a personas de la diversidad sexual y de género (LGBTTTIQ+).

​Objetivos del Financiamiento

​Este recurso obligatorio deberá usarse para la capacitación, formación política y empoderamiento de la comunidad LGBTTTIQ+.

​Según el dictamen, el objetivo es:

  • ​Promover el empoderamiento político y la formación electoral de la militancia partidista sexo-diversa.
  • ​Permitir que esta militancia demande a sus dirigencias el respeto a sus derechos político-electorales.
  • ​Poner fin a la simulación y sancionar la usurpación de las acciones afirmativas.

​Disposiciones para la Aplicación

​La ley establece que las actividades realizadas con este financiamiento deberán:

  • Registrarse ante la autoridad electoral competente, quien verificará el cumplimiento.
  • ​Garantizar su impacto en diversas regiones del estado.
  • ​Realizarse en colaboración con organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas o con personas expertas en derechos humanos y diversidad sexual.

​holamorelia.

Oscar García