Morelia, Michoacán, 8 de julio de 2026. – El Pleno del Congreso del Estado reformó los artículos 88 y 94 de la Ley de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Michoacán para eliminar el requisito de ratificación en las quejas presentadas ante la CEDH, con el propósito de simplificar los procedimientos y garantizar el acceso efectivo a la justicia.
El dictamen de la Comisión de Derechos Humanos establece que la eliminación de este requisito fortalece la accesibilidad, la celeridad y la eficacia de los procedimientos, además de alinearlos con estándares internacionales que privilegian mecanismos simples y expeditos para la protección de las víctimas.
La ratificación constituía una barrera de acceso a la justicia, particularmente para personas en situación de vulnerabilidad como indígenas, con discapacidad, en pobreza o residentes en zonas rurales, al generar obstáculos materiales, económicos y geográficos para la continuidad del procedimiento.
La reforma también elimina una carga administrativa innecesaria que no aportaba elementos sustanciales a la investigación, ya que la información esencial ya se encuentra contenida desde la presentación inicial de la queja.
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