MORELIA, Mich. — El Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán (TJAM), a través de su Sala Especializada en Materia Anticorrupción, emitió una resolución de primera instancia que inhabilita por 20 años para ejercer cargos públicos a Juan Carlos Barragán Vélez, actual diputado local por el partido Morena (Distrito XVI).
La sanción, que incluye el pago de una indemnización por 5 millones 636 mil 600 pesos, se deriva de irregularidades detectadas en el manejo de programas sociales durante su gestión en 2018. Sin embargo, debido al marco legal vigente, el legislador mantendrá su cargo actual mientras se agotan las instancias de apelación.
¿Qué originó la sanción?
De acuerdo con el expediente judicial 0011/2025-I, las faltas administrativas graves ocurrieron entre mayo y julio de 2018, cuando Barragán Vélez fungía como titular de la Secretaría de Desarrollo Social y Humano (Sedesoh) durante la administración del exgobernador Silvano Aureoles Conejo.
Las auditorías realizadas por la Secretaría de Contraloría del Estado (2019-2021) revelaron inconsistencias en la dispersión de recursos del programa social “Beca Futuro”. Según los hallazgos del tribunal, documentados por la prensa local:
- Se autorizaron entregas de recursos a 2 mil 24 presuntos beneficiarios que no contaban con mecanismos de identificación oficial.
- Los fondos se dispersaron sin la aprobación requerida del Comité Técnico del programa.
- Se realizaron transferencias a organizaciones de la sociedad civil (“Michoacán con los Ciudadanos Primero A.C.” y “Michoacán por un Mejor País A.C.”) que fueron constituidas legalmente después de haber recibido los fondos estatales.
El estatus legislativo: ¿Por qué no deja su cargo?
Para el público general, es fundamental comprender que una sanción administrativa no destituye automáticamente a un funcionario electo. La permanencia de Barragán Vélez en el Congreso de Michoacán se sustenta en dos principios jurídicos:
- Fallo no definitivo: La resolución emitida en junio de 2026 es de primera instancia. El sistema de justicia mexicano otorga al sentenciado el derecho constitucional de impugnar el fallo mediante un Juicio de Amparo ante tribunales del Poder Judicial de la Federación. La sanción económica y la inhabilitación quedan en suspenso hasta que un juez federal emita una sentencia firme (ejecutoriada).
- Fuero Constitucional: Al ser un legislador en funciones, Barragán Vélez cuenta con fuero. El tribunal administrativo no tiene facultades para separarlo de su curul. Para que esto suceda, la sentencia debe ser calificada como “cosa juzgada” y turnarse al Congreso del Estado, único órgano con autoridad para procesar la separación del cargo y llamar a su suplente.
Si la inhabilitación se confirma en las instancias finales, el efecto principal será la prohibición para que el funcionario asuma puestos en la administración pública o registre candidaturas para puestos de elección popular en cualquier nivel de gobierno hasta el año 2046.
Fuentes documentales y normativas utilizadas:
- MVS Noticias: Inhabilitan a diputado de Morena 20 años por desvío de recursos (23 de junio de 2026).
- La Voz de Michoacán: Reportan inhabilitación de Juan Carlos Barragán por presunto desvío de cerca de 6 mdp.
- El Sol de Morelia: Inhabilitan por 20 años a Juan Carlos N, exfuncionario de Silvano Aureoles.
- Changoonga: TAAM Inhabilita a JC Barragán Por Señalamientos De 5.6 MDP.
- Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo: Título Cuarto (Responsabilidades de los Servidores Públicos).
- Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Michoacán de Ocampo: Marco sobre firmeza procesal y ejecución de resoluciones.
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