​76 Legislatura Incorpora el Término Movilidad Social Ascendente a la Ley de Desarrollo Social

​Morelia, Michoacán; 4 de diciembre de 2025.— El Pleno de la Septuagésima Sexta Legislatura aprobó con 27 votos a favor…
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Morelia, Michoacán; 4 de diciembre de 2025.— El Pleno de la Septuagésima Sexta Legislatura aprobó con 27 votos a favor reformar la Ley de Desarrollo Social de Michoacán con el propósito de orientar las políticas públicas hacia una sociedad meritocrática.

​Inclusión de la Movilidad Social Ascendente

​La reforma, impulsada por el diputado Reyes Galindo y dictaminada por la Comisión de Bienestar Social, incorpora como objetivo prioritario el impulso a la movilidad social ascendente.

​Este concepto se entiende como la posibilidad de que las personas mejoren sus condiciones de vida independientemente de su origen socioeconómico.

​Modificaciones a la Ley

​La reforma establece las siguientes disposiciones:

  • ​La ley ahora señala como objetivo impulsar acciones, programas y políticas que contribuyan en la movilidad social ascendente de la población.
  • ​Se faculta a la Secretaría del Bienestar a promover programas y políticas con este enfoque.
  • ​El Consejo Consultivo tendrá la función de estudiar, analizar y proponer acciones, programas y políticas con enfoque de movilidad social ascendente.

​Las y los parlamentarios concluyeron que estas reformas fortalecen el marco normativo estatal con un enfoque integral, en concordancia con los compromisos internacionales en materia de Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

​holamorelia.

Oscar García